Impulsan iniciativa que garantizaría alternancia de género en elecciones municipales

Xalapa, Ver., 11 de septiembre de 2025.- La diputada Montserrat Ortega Ruiz presentó al Pleno
de la LXVII Legislatura una iniciativa que adicionaría un segundo párrafo al Artículo 68 de la
Constitución Política del estado de Veracruz, en materia de igualdad de género para la alternancia
efectiva municipal.
La propuesta plantea que, para garantizar la alternancia de género efectiva, en el caso de la
presidencia municipal, en cada elección se postularán única y exclusivamente a mujeres, cuando
se encuentre en funciones una persona de sexo masculino; del mismo modo, cuando se
encuentre en funciones una persona de sexo femenino, se podrían postular solo los hombres.
Tras recordar el avance legislativo que ha existido a lo largo de los años para que las mujeres
puedan ocupar más espacios en el ámbito público, la legisladora Ortega Ruiz reconoció que
dichos esfuerzos aún resultan insuficientes para conseguir una alternancia de género efectiva
para acceder a dichos cargos.
El andamiaje jurídico del sistema electoral mexicano, indicó, se limita a procurar el principio de
igualdad solo a las postulaciones que hacen los partidos políticos, “pero que de ninguna manera
asegura que las mujeres lleguen a ocupar un cargo público en manos de los hombres”.
La diputada aseveró que la normativa electoral mexicana ha avanzado en garantizar la paridad de
género en las postulaciones, cumpliendo formalmente con que los partidos postulen igual número
de mujeres y hombres; sin embargo, agregó, dicha paridad formal no se traduce en paridad
sustantiva en los resultados electorales, “ya que los votantes continúan favoreciendo
predominantemente a hombres”.
La propuesta tiene como objetivo evitar la sobre representación masculina en puestos o cargos
públicos, garantizando el acceso a la titularidad de los gobiernos municipales en condiciones de
equidad.
Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de
Justicia y Puntos Constitucionales, para la Igualdad de Género y Organización Política y Procesos
Electorales.