
Xalapa, Ver., 25 de septiembre de 2025.- El delito de cobranza ilegítima se perseguiría de
oficio en Veracruz, de acuerdo con la Iniciativa presentada por la diputada Elizabeth
Morales García, que propone actualizar el Código Penal del estado, a fin de establecer
mecanismos legales efectivos para prevenir y sancionar prácticas abusivas.
De acuerdo con el proyecto legislativo presentado en la Tercera Sesión Ordinaria del
segundo año de labores, se considera cobranza ilegítima la que se realice mediante
llamadas o mensajes, desde alguna aplicación tecnológica u otro medio, siempre que se
utilicen medios ilícitos o efectúe actos de hostigamiento e intimidación.
El texto detalla que, entre 2021 y 2023, se reportó un total de 925 aplicaciones móviles
relacionadas con este tipo de fraudes en México. Esta cifra –señala la legisladora-
subraya la magnitud del problema y la necesidad de medidas efectivas para abordarlo y
proteger a los usuarios.
Precisa también que las diversas empresas de ciberseguridad han identificado que los
responsables de estas aplicaciones operan en México, Indonesia, Tailandia, Vietnam,
India, Pakistán, Colombia, Perú, Chile, Filipinas, Egipto, Kenia, Nigeria y Singapur.
Ante este tipo de conductas, que no solo afectan a los deudores, sino que también
socavan la confianza en el sistema financiero y perjudican la reputación de las
instituciones que practican o permiten estas acciones, Elizabeth Morales propone la
actualización del marco legal y promover una cultura de cumplimiento de las obligaciones
financieras.
En el Código Penal de Veracruz, el Artículo 173 Ter, contenido en el Título III Delitos
contra la Libertad, establece que “Al que, con la intención de requerir el pago de una
deuda, utilice medios ilegítimos, se valga del engaño o efectúe actos de hostigamiento o
intimidación en contra del deudor, de quien funja como aval de éste o de quien haya
servido como referencia, se le impondrá prisión de seis meses a dos años y una multa de
ciento cincuenta a trescientos días de salario mínimo, además de las sanciones que
correspondan si, para tal efecto, se emplearon documentos o sellos falsos o se usurparon
funciones públicas o de profesión”.
En virtud de lo anterior, la legisladora presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el
que se adicionan los párrafos segundo y tercero al referido Artículo 173 Ter, que fue
turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, con la adhesión
de la legisladora María Elena Córdova Molina y del diputado Adrián Sigfrido Ávila Estrada.



