
Xalapa, Ver., 25 de septiembre de 2025.- Para armonizar en el estado el tipo penal de
feminicidio con las disposiciones vigentes establecidas en el Código Penal Federal y así
lograr un marco jurídico uniforme que fortalezca la atención, la investigación y sanción de
este delito, el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) presentó al Pleno de la
LXVII Legislatura una iniciativa de decreto que reforma diversas disposiciones del Código
Penal estatal.
Durante la tercera sesión ordinaria y en nombre de la bancada de Acción Nacional, la
diputada Luz Alicia Delfín Rodríguez expresó que en Veracruz la tipificación del
feminicidio varía entre la legislación local y la federal, “el Código veracruzano omite
agravantes y sanciones a autoridades que obstaculicen las investigaciones, lo que crea
una disparidad en la forma en que se aborda, investiga y sanciona”.
Agregó que desde hace años organizaciones internacionales y el Gobierno Federal han
instado a los Congresos locales a armonizar u homologar sus códigos penales, para así
adecuar los protocolos de investigación pericial y ministerial en estos casos.
De acuerdo con la iniciativa, se prevé incorporar como agravantes en el delito de
feminicidio cuando se realicen actos de necrofilia, que el cuerpo de la víctima sea
expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público; que la víctima haya sido
incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida, y que el
sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo; o haya ejercido
sobre ella cualquier forma de explotación
Por otra parte, además de las sanciones de 40 a 70 años de prisión, el sujeto activo
perdería todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
En su caso, también perdería todo derecho con relación a las y los hijos de la víctima,
garantizando el interés superior de la niñez, en términos de lo previsto por la legislación
aplicable.
La pena se agravaría hasta un tercio cuando la víctima sea mujer menor de edad,
embarazada, mujer mayor o con discapacidad, así como cuando el sujeto activo sea
servidor público y haya cometido la conducta valiéndose de esta condición.
Por último, el servidor público que retarde o entorpezca por negligencia la procuración o
administración de justicia, se le impondrían penas de prisión de cinco a quince años y
sería destituido e inhabilitado para desempeñar otro empleo, cargo o comisión hasta por
el mismo periodo.
La iniciativa fue turnada para su análisis a las Comisiones Permanentes Unidas de
Justicia y Puntos Constitucionales y para la Igualdad de Género. Se adhirió a la misma la
diputada de Movimiento Ciudadano, Elena Córdova Molina.



