
Xalapa, Ver 01 de Septiembre de 2026
La diputada Dorheny García Cayetano presentó ante el Pleno una iniciativa con proyecto de decreto que prevé adicionar el Artículo 113 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo para establecer que una vez aprobado el dictamen con proyecto de ley o decreto no podrá modificarse, salvo para hacer las correcciones que demandan el buen uso del lenguaje, el lenguaje inclusivo y no sexista, así como la claridad de los textos, las cuales no podrán cambiar o variar el sentido de lo aprobado y deberán ser ordenadas por la Mesa Directiva al finalizar su votación.
La integrante del Grupo Legislativo de Morena, durante su participación en la Primera Sesión del Primer Periodo Ordinario del Tercer Año de Labores, subrayó que la citada adición proporciona al Congreso del Estado un instrumento concreto, acotado y técnicamente sólido para avanzar en la construcción de un corpus normativo que nombre a todas las personas, que visibilice a las mujeres como sujetas plenas de derechos y que elimine progresivamente las expresiones que, aunque heredadas de una tradición gramatical androcéntrica, reproducen hoy desigualdades que el Estado veracruzano está obligado a combatir.
Previamente, indicó que su propuesta establece tres reglas fundamentales: la primera, el principio de intangibilidad del dictamen aprobado. Una vez que el Pleno aprueba un dictamen con proyecto de ley o decreto, el texto resultante no puede ser objeto de modificación alguna por parte de ningún órgano legislativo, salvo en los términos que el propio artículo establece.
La segunda; con carácter estrictamente limitativo, se autoriza realizar correcciones que atiendan al buen uso del lenguaje, al lenguaje inclusivo y no sexista, y a la claridad de los textos. “Estas correcciones tienen como límite expreso y absoluto que no podrán cambiar o variar el sentido de lo aprobado por el Pleno”.
Y la tercera; las correcciones únicamente podrán ser ordenadas por la Mesa Directiva y ejecutadas por la Comisión Dictaminadora, con apoyo, en su caso, de la Secretaría General. “Ello excluye cualquier intervención de otros órganos, comisiones o funcionarios ajenos a dicha cadena de control”.
La diputada García Cayetano recordó que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión establece en su Reglamento, mediante el artículo 93, la imposibilidad de modificar los proyectos aprobados salvo para correcciones de redacción que no alteren el sentido de lo votado. De igual manera, la Cámara de Senadores, en el artículo 211 de su Reglamento, establece la imposibilidad de modificarse, salvo para hacer las correcciones que demandan el buen uso del lenguaje.
La iniciativa, a la que se adhirió el Grupo Legislativo de Morena y la diputada Elizabeth Morales García, fue turnada para su análisis a las Comisiones Permanentes Unidas de Gobernación, y Para la Igualdad de Género.




