
Xalapa, Ver, 17 de Septiembre de 2026
Con el propósito de fortalecer la protección del patrimonio de las personas mayores y combatir el abuso económico en entornos de confianza, cuidado o representación, a nombre del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), la diputada Estefanía Bastida Cuevas presentó ante el Pleno una iniciativa que propone adicionar al Código Penal del Estado de Veracruz el Capítulo III Bis, denominado “Explotación Financiera de Personas Mayores”.
La propuesta contempla sancionar a quien, con el propósito de obtener un beneficio económico indebido para sí o para un tercero, disponga, retire, transfiera, sustraiga, retenga o utilice dinero, pensiones, apoyos económicos, bienes o instrumentos de pago pertenecientes a una persona mayor, sin su consentimiento libre e informado, ocasionándole un menoscabo patrimonial.
Desde la tribuna, la legisladora explicó que estas conductas a sancionar, excluyen los actos derivados de mandatos, tutorías, apoyos o negocios jurídicos válidos, siempre que se actúe dentro de las facultades conferidas, se respete la voluntad del titular y no se incurra en apropiaciones ilícitas.
Destacó que la propuesta no pretende criminalizar la ayuda familiar, el cuidado o la administración legítima de recursos, sino diferenciar estos actos lícitos de aquellos en los que exista una apropiación o disposición patrimonial abusiva, mediante elementos normativos y subjetivos verificables que permitan a la autoridad distinguir con claridad entre una relación legítima de apoyo y una conducta penalmente relevante.
La iniciativa prevé penas de acuerdo con el monto del perjuicio económico: de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 150 Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuando el valor no exceda de 150 UMA; de dos a cuatro años de prisión y multa de 150 a 300 UMA, cuando exceda de 150 y no rebase las 500 UMA; y de tres a seis años de prisión y multa de 300 a 500 UMA, cuando el menoscabo supere las 500 UMA.
Asimismo, las penas podrían incrementarse hasta en una mitad cuando la persona responsable sea familiar, cuidador, tutor, mandatario o esté encargada de la asistencia de la víctima y abuse de esa relación de confianza; esta misma agravante -añadió- se aplicaría cuando el despojo recaiga sobre pensiones o apoyos públicos y ponga en grave riesgo la alimentación, vivienda, salud o cuidados de la persona mayor.
Además, la propuesta establece que el delito se perseguirá de oficio e incorpora una regla de subsidiariedad para evitar la duplicidad de sanciones, es decir, cuando los mismos hechos actualicen otro delito patrimonial que prevea una sanción mayor, se aplicará este último.
El abuso financiero, explicó Bastida Cuevas, suele presentarse en entornos de dependencia, mediante retiros no autorizados o la retención de transferencias, por lo que consideró necesario contar con un tipo penal específico que no presuma incapacidad por el simple hecho de la edad, sino dignificar a este sector al reconocer que tener 60 años o más no anula la capacidad jurídica ni faculta a terceros para sustituir la voluntad de la persona titular respecto de sus bienes.
“Se trata de fortalecer el derecho de las personas mayores para vivir libres de violencia económica, sin desconocer su autonomía, capacidad jurídica ni voluntad; evita convertir la edad en incapacidad o imponer restricciones generales sobre la administración de bienes, sino que únicamente sanciona actos patrimoniales abusivos que reúnan todos los elementos definidos por la ley”, concluyó.
La Mesa Directiva turnó la iniciativa a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, para su estudio y dictamen. Se adhirió a la propuesta el diputado Adrián Sigfrido Ávila Estrada.




